REACH
¿Qué es el REACH?
El 1 de junio de 2007 entra en vigor el nuevo reglamento europeo por fases de sustancias químicas, REACH, siglas de Registro, Evaluación y Autorización de Productos Químicos. Se trata de una nueva reglamentación europea que sustituye reglamentaciones anteriores, tal y como sucedió en los Países Bajos con la Ley de sustancias peligrosas para el Medio Ambiente (WMS, Wet Milieugevaarlijke Stoffen). El objetivo de REACH es proteger a los seres humanos y el medio ambiente de los riesgos de las sustancias químicas.
Sobre la base de la información relativa a las propiedades, las empresas tienen la responsabilidad de controlar el uso y los riesgos de la exposición a las sustancias químicas. Partiendo de esto deberán adoptarse las medidas necesarias para proteger a los seres humanos y el medio ambiente.
¿Qué es el registro previo?
REACH obliga a los fabricantes e importadores de productos químicos (> 1 tonelada/año) a recabar información sobre las propiedades físico-químicas, sanitarias y medioambientales de sus sustancias químicas y a determinar sobre dicha base cómo se pueden utilizar estas sustancias de forma segura. Todos los fabricantes e importadores deben presentar ante la Agencia un expediente de registro especificando los datos y evaluaciones necesarias. Todas las empresas que registren una sustancia se convierten en miembros del foro de intercambio de información para esa sustancia (SIEF = Substance Information Exchange Forum), cuyo fin es evitar la duplicidad de ensayos sobre estas sustancias. Las empresas están obligadas a facilitar a otras empresas detalles sobre pruebas con animales para que el número de pruebas sea lo más limitado posible. Así mismo, pueden intercambiar otro tipo de datos. El registro previo puede realizarse hasta el 30 de noviembre de 2008 inclusive.
¿Qué es el registro?
Durante un período de 11 años, el sistema REACH deberá registrar unos 30.000 productos químicos. Para ello, los productores o importadores deberán entregar los datos de cada sustancia química de la que se produzca o importe en la UE más de 1 tonelada de producto. El solicitante de registro también debe tomar medidas adecuadas para la gestión de riesgos y hacer partícipes de ellas a los usuarios.
La carga de la prueba pasará de la administración a la industria. REACH también obliga a una mayor evaluación de las sustancias en torno a las que exista motivo de preocupación. El sistema de admisión exigirá a las empresas adoptar progresivamente alternativas más seguras, si es que estas existen. Todas las solicitudes de admisión deben incluir un análisis de las posibles alternativas, incluyendo un plan para la sustitución de la sustancia cuando existan alternativas adecuadas. Las actuales restricciones sobre el uso de la sustancia se siguen manteniendo en REACH.
REACH distingue cuatro funciones en la cadena de suministro:
- Un fabricante: una persona física o una persona jurídica establecida en la comunidad que produce una sustancia en la comunidad.
- Un importador: una persona física o una persona jurídica establecida en la comunidad que sea responsable de la importación de una sustancia.
- Un usuario transformador: una persona física o una persona jurídica establecida en la comunidad, que no sea fabricante ni importador, que use una sustancia como tal o en forma de preparado en actividades industriales o profesionales. Los usuarios transformadores se dividen en cuatro sub-funciones:
- Formuladores: las empresas que transforman las sustancias o preparados en otros preparados, por ejemplo, los fabricantes de pinturas, barnices, productos de lavado y limpieza, adhesivos, productos de extinción de incendios/retardantes de llama y productos cosméticos.
- Usuarios profesionales: las empresas de servicios tales como empresas de limpieza, empresas de pinturas, de tapicería, industrias cárnicas, hogares de ancianos y hospitales y las empresas de construcción de carreteras.
- Usuarios industriales: los usuarios de sustancias y preparados químicos en la industria como la industria de la madera, la fabricación de automóviles, fabricantes de monitores/productos electrónicos y el sector de la agricultura y la horticultura/jardinería.
- Los productores de artículos: las empresas que producen artículos que contengan productos químicos. Por ejemplo, los cartuchos de tóner, ambientadores, cargas de tinta para plumas estilográficas.
- Un distribuidor es cualquier persona física o jurídica establecida en la comunidad, incluyendo los minoristas, que finalmente almacenan estas sustancias o preparados, y las facilitan a terceros en el mercado.
¿Qué funciones tiene LDM dentro de REACH?
- Importador (materias primas)
LDM importa materias primas de fuera de la UE. REACH es un reglamento europeo; todas las sustancias químicas (más de 1 ton/año) que se importen desde fuera de la UE deben ser registradas.
- Usuario transformador y usuario industrial (aditivos y catalizadores)
LDM no importa aditivos o catalizadores (aceites y productos químicos) de fuera de la UE; por lo tanto, estos productos no necesitan registrarse.
- Usuario transformador; formulador (metales en latón)
Las aleaciones no necesitan registrarse como preparados. Sin embargo, los metales de los que se componen deben registrarse si la cantidad importada es superior a 1 tonelada al año.
LDM va a realizar el registro previo de todos los metales usados.
- Usuario transformador; productor de objetos (artículos)
Los materiales en barras y el hierro en palanquilla son considerados por REACH como objetos. En este caso, REACH solamente se aplica si el objeto contiene sustancias muy preocupantes que puedan liberarse. En el caso de nuestras barras y palanquillas esto no se plantea.
El próximo período ....
LDM realizará el registro previo de los metales que usa antes del 1 de diciembre de 2008. Además, todavía hay ciertas ambigüedades en REACH. Esto se debe principalmente a la complejidad de REACH y al hecho de que la legislación aún debe cristalizar. LDM, junto con Royal Haskoning y la Provincia de Brabante Septentrional, buscará una respuesta a todas las cuestiones pendientes.
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